El pasado mes de mayo, el Parlamento
Europeo solicitó a la Comisión Europea la prohibición total del uso del
cianuro en la minería del oro en todos los países de la Unión, mediante
una resolución que obtuvo una mayoría abrumadora: 488 votos a favor, 57
abstenciones y 48 votos en contra. La Comisión no acogió la propuesta,
pero la reconsiderará en el 2012. Con los años, es muy probable que se
abra paso, siguiendo el camino trazado por Alemania, República Checa y
Hungría, que no permiten el uso de este químico en la minería.
Las motivaciones del Parlamento Europeo
para expedir esta resolución no deberían pasarse olímpicamente por alto
en Colombia, ahora que el Ministerio del Ambiente está próximo a
decidir sobre la solicitud de una licencia ambiental presentada por la
empresa canadiense Greystar para explotar el mineral de oro a cielo
abierto en el páramo de Santurbán (Santander), haciendo uso de cianuro
en su procesamiento.
No sobra, entonces, transcribir cuatro de
las quince motivaciones que llevaron al Parlamento Europeo a expedir la
solicitud de prohibición del uso del cianuro en la minería:
"El cianuro es un químico de alta
toxicidad utilizado en la industria de la minería del oro que puede
tener un impacto catastrófico e irreversible sobre la salud humana, el
medio ambiente y la biodiversidad."
"El derrame de cianuro en la minería ha
causado treinta accidentes de la mayor gravedad en diversas partes del
mundo en los últimos veinticinco años... Y no existe una garantía real
de que no vuelvan a ocurrir, más si se tiene en cuenta la creciente
incidencia de condiciones extremas de clima, y, entre ellas, las
frecuentes lluvias torrenciales, como se prevé en la Cuarta
Comunicación del Panel Intergubernamental de Cambio Climático."
"La contaminación de las cuencas
hidrográficas y las aguas subterráneas transfronterizas como
consecuencia de la minería con cianuro señala la urgencia de que la
Unión Europea encare las graves amenazas ambientales inherentes a este
tipo de minería."
"La minería con cianuro produce pocos
empleos, solamente durante un período de seis a dieciséis años. Pero,
al mismo tiempo, puede causar enormes daños ambientales; los costos de
los cuales no son por lo general asumidos por las empresas mineras, que
desaparecen o se declaran en quiebra, sino por el Estado; es decir, por
los ciudadanos con sus impuestos."
Lo grave es que Colombia corre estos
mismos riesgos, pero en forma magnificada. Nuestros ecosistemas se
caracterizan por una mayor fragilidad que los de Europa, que se agudiza
en los ecosistemas de montaña, allí donde se concentran los títulos
mineros para la extracción de oro otorgados por Ingeominas, como es el
caso del páramo de Santurban. Además, "no nos encontramos en Dinamarca,
sino en Cundinamarca", como lo revelan los múltiples vacíos y problemas
del Código de Minas en materia de protección ambiental, así como la
enorme debilidad de las autoridades ambientales para juzgar la
viabilidad de los proyectos mineros, monitorearlos y controlarlos.
Como bien lo argumentó el ex ministro José
Antonio Ocampo, la minería ofrece excepcionales oportunidades para el
desarrollo del país, pero si "no es bien manejada, puede generar daños
ambientales irreparables" y puede, también, traer consecuencias
negativas para la economía y el desarrollo social (EL TIEMPO, 18 de
julio).
Le faltó añadir a J. A. Ocampo que,
infortunadamente, la gran y mediana minería de Colombia presenta hoy un
balance ambiental negativo, así se identifiquen honrosas excepciones, y
que los desastres de la desbocada minería ilegal son inenarrables. Si
no se corrigen radicalmente estas graves situaciones y tendencias y, de
ñapa, se aprueba la minería de oro con cianuro a gran escala, ¿a dónde
diablos irá a parar nuestra cacareada riqueza en biodiversidad e
hídrica?
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